La observancia de los precedentes del Constitucional implica que el legislador debe orientarse por las interpretaciones que hace el TC al juzgar la constitucionalidad de una norma que ha sido impugnada, no pudiendo incorporar al ordenamiento jurÃdico preceptos declarados incompatibles con la Constitución.
En el presente análisis trataremos de ponderar a la luz de estos estándares las propuestas que se han llevado a la mesa de reforma, encabezada por el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, los representantes de los partidos polÃticos y los integrantes del CES.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario